jueves, 5 de mayo de 2016

BOLETIN

Desobligados maridos
presos hasta 6 años:RC

Para aumentar la penalidad de tres a seis años de prisión, para aquellas personas que incumplan con la obligación alimentaria y de cuatro a diez años, para quienes declaren insolvencia simulada, la diputada Rosaura Rodríguez Carrillo, propone reformar el Código Penal.

Y es que la legisladora argumentó que hoy en día existe una falta de responsabilidad, en su gran mayoría de varones, en el cumplimiento de proporcionar alimentos a sus hijos menores de edad, lo que ocasiona que los niños, niñas y jóvenes no cuenten con un desarrollo óptimo, por la falta de recursos económicos.  
En la iniciativa de reformas al Código Penal del Estado, que analiza la Comisión de Justicia, la legisladora señala que en la Ley para la Protección de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes de Guerrero se garantiza el pleno ejercicio, respeto, protección y promoción de sus derechos, por lo que es indispensable regular y legislar para que no haya vacíos legales que permitan la violación y privación del derecho al crecimiento y desarrollo integral de la infancia guerrerense. 
Dijo que la manutención económica de los hijos e hijas no puede soslayarse porque atenta contra un bien jurídico como la protección al núcleo social, cuya subsistencia peligra cuando no se les proporcionan los alimentos a sus miembros más indefensos, de ahí que el Estado debe proteger los derechos de los acreedores a percibir alimentos. 
Explicó que de acuerdo con lo establecido por la Primera Visitaduría General de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos del 2011, el  67.5 por ciento de las madres solteras no reciben una pensión alimenticia, el 91 de los casos los acreedores son los hijos, el 8.1 son la esposa y los hijos, el 0.9 son los hijos y el esposo y 3 de cada 4 hijos de padres separados no reciben pensión alimenticia.
Aseguró que la corresponsabilidad de manutención de los hijos debe ser compartida, sin embargo, la realidad muestra que para evadir su responsabilidad progenitora el deudor, que mayoritariamente es padre, dolosamente manifiesta que su salario es inferior al que realmente percibe, colocándose intencionalmente en estado de insolvencia.
Por estas razones, la diputada Rodríguez Carrillo refiere  que el incumplimiento doloso al pago de las pensiones alimentarias es antijurídico e ingresa, por tanto, al campo penal, porque pone en peligro la subsistencia de los acreedores alimentarios, especialmente, cuando no hay causa justificada para incumplir.
Por ello, propone aumentar de tres a seis años de prisión la penalidad por el incumplimiento de la obligación alimentaria, también incrementar de cuatro a diez años lo referente a la insolvencia simulada e incrementar la penalidad en lo relativo a la omisión de rendición de informes.

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