lunes, 16 de octubre de 2017

NOTA

Acusó Muñiz ante TEPJF
a funcionarios estatales
Sergio Mota Sánchez.APANGO, GRO.--Demandó  ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por la presunta comisión de delitos en contra de la administración de justicia, abuso de autoridad y coalición servidores públicos las cuales atribuye a ”Las autoridades responsables” la presidenta municipal de Apango, por el Partido Movimiento
Ciudadano, Felícitas Muñiz Gómez.
La alcaldesa, Felícitas Muñiz Gómez, mediante escrito presentado el dieciséis  de septiembre de 2017, sostiene que el Gobernador del Estado, la Secretaría de Seguridad Pública, la Fiscalía General, la Secretaría General de Gobierno, y el Congreso todos del Estado de Guerrero, han hecho caso omiso para dar cumplimiento a la sentencia de entregarle el edificio del ayuntamiento de Apango.
Muñiz Gómez, aduce en su escrito,  en esencia, lo siguiente: Benito Sánchez Ayala, síndico procurador, así  como Edelmira del Moral Miranda y en su carácter de regidores, no entregaron voluntariamente el inmueble sino que fue por la intervención directa del Poder Ejecutivo del Estado.
El personal enviado por el Ejecutivo Estatal y la licenciada, Margarita Velazco Flores, Jueza de primera instancia en materia civil y familiar, y Notaria Pública por ministerio de ley, le pidieron que no estuviera presente en la diligencia de entrega recepción del inmueble.El acta está viciada porque la Jueza de primera instancia en materia civil y familiar, y Notaria Pública por ministerio de ley del Distrito Judicial de Álvarez, no puede actuar en el Distrito Judicial de Guerrero.
Señala Muñiz Gómez, que los hechos no sucedieron cómo se relatan en el acta, además de que la Jueza en funciones de notaria seguía órdenes de la regidora Edelmira del Moral Miranda, así como del personal del Poder Ejecutivo Estatal, sin que se anotaran las incidencias señaladas por ella, por lo que resulta evidente su parcialidad.
El Juez del TEPJF en la sentencia responde  a Felícitas Muñiz Gómez; del aludido escrito, sólo se desprenden afirmaciones para controvertir la actuación de la Jueza de primera instancia en materia civil y familiar, y Notaria Pública por ministerio de Ley pero no hace ninguna manifestación para desvirtuar que ya se le entregaron las instalaciones físicas del palacio municipal o en el sentido de que se le impida ejercer el cargo.
En cuanto a que la validez del acta levantada por la fedataria pública porque actúo en un Distrito diverso, cabe precisar que del propio testimonio se advierte que la Jueza de Primera Instancia en Materias Civil y Familiar, del Distrito Judicial de Álvarez, fue habilitada y autorizada para actuar en el Distrito Notarial de Guerrero.
Es que la actora incidentista, acepta expresamente que le fue entregado el palacio municipal, no alega que se impida el ejercicio de su cargo, ni especifica cuáles son, loas actos que ocasionan violencia de género en su agravio.
No obstante, con independencia de que la sentencia está cumplida resulta razonable que se mantengan las medidas de protección por las autoridades.
En cuanto a lo solicitado por la alcaldesa, Felícitas Muñiz Gómez, para que la Sala Superior de vista de las constancias que obran en el expediente, a la Fiscalía General República, a fin de que inicie la carpeta de investigación correspondiente por la presunta comisión de delitos contra la administración de justicia, abuso de autoridad y coalición de servidores públicos, los cuales atribuye a “las autoridades responsables” esta Sala Superior de que no ha lugar a atender no solicitado.
Tampoco es procedente la solicitud de Felícitas Muñiz Gómez, para que se consigne las averiguaciones previas presentadas en contra de Benito Sánchez Ayala, síndico procurador; Edelmira del Moral Miranda y Humberto Palacio Celino.
Por último la  Magistrada Presidenta de la Sala del TEPJF, Janine M.Otalora Malassis, En un escrito de 22 páginas, resuelve, Primero, se encuentra cumplida la sentencia de fondo dictada en los juicios políticos electorales con las claves SUP-JDEC-1779/ y SUP-JDC-1806/2016.
Segundo. no ha lugar a atender la solicitud de Felícitas Muñiz Gómez relacionada con la vista a la procuraduría General de la República.
Tercero. No ha lugar a atender la solicitud de la actora en cuanto al requerimiento a la Fiscalía General del Estado de Guerrero.
En los medios de comunicación se destacó que la presidenta municipal, Felicitas Muñiz Gómez, se negaba a recibir el edificio del ayuntamiento de Apango, cuando acudieron autoridades estatales, de Derechos Humanos y Congreso del Estado.

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