viernes, 26 de octubre de 2018

ARTÍCULO

Datos curiosos
Edilberto Nava García
En marzo de 1912, gobernaba Guerrero el rico jurisconsulto, José Inocente Lugo, de filiación porfitista. Estaba en su apogeo la revolución. Lógico, puso en vigor una ley de suspensión de garantías. El 23 de marzo de ese año, el periódico oficial publica la ejecución, en Huitziltepec, el 17 de ese mes, de José Julio Calixto y José Pablo Santoro. El primero de Huitziltepec y el segun
do de Atliaca. Se les ejecuta por insurrectos “Por haber sido detenidos con las armas en la mano, después de haber trozado el alambre telegráfico de Mezcala a Zumpango. Se les ejecutó con base en el artículo 2º fracción IV de la Ley de suspensión de Garantías Individuales”.
Cabe hacer notar, que conforme al acta respectiva, un militar de bajo rango podía ejecutar a revolucionarios, aunque documentalmente se les reconociese como insurgentes o insurrectos. Ejecutante: Mayor Francisco Salguero. Testigos, cabos segundos, Braulio Bravo y Manuel J. Guevara. Secretario. cabo segundo, Raquel Paniagua. . . ¡Salud!

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